Cómo en muchas otras intervenciones ambientales el rechazo social se produce por una combinación de factores, entre los que destacan:

  • La falta de información de calidad por parte de los promotores a los agentes afectados, y sobre todo a la población en general, sobre la necesidad de la intervención y los beneficios que aporta.
  • La incoherencia patente de ciertas partes de las normativas de aplicación, tal y como se ha explicado en profundidad anteriormente, y que cualquier conocedor, no experto,  del mundo forestal  puede detectar.
  • La confusión que generan los conflictos entre criterios técnicos y políticos que mantienen los responsables de la administración local frente a la autonómica, insular y estatal o los técnicos dentro del mismo servicio de medio ambiente. Todos ellos comparten competencias en materia ambiental, y en muchos casos no existe delimitación de cuál es el ámbito de actuación exclusivo de cada cual.
  • La falta de profesionalidad de los responsables de ciertos medios de comunicación generalistas, que cuando se ocupan de dar cobertura a las noticias ambientales, trasmiten a la sociedad, información sesgada, no contrastada, distorsionada e impregnada de sensacionalismo, que conduce a la desinformación y confusión de la sociedad.
  • La sensación generalizada de que se tuvieron resultados negativos en experiencias similares pasadas, o bien con el promotor de la obra (compañías eléctricas) en cualquier otra situación. En los últimos tiempos, las grandes empresas distribuidoras de electricidad han gozado de una situación cuasi monopolística, lo que junto a una cultura empresarial orientada únicamente a maximizar beneficios frente a cualquier cuestión social,  ha generado cierto malestar en la población y una marcada sensación de indefensión por parte del ciudadano medio frente a este tipo de empresa. Este hecho se hace patente con la desconfianza que muestran los afectados ante la posibilidad de  intervención en sus propiedades.
  • El desconocimiento de conceptos ambientales y legales esenciales por parte de la sociedad y de algunos de sus representantes. Es el caso, por ejemplo, de algunos ciudadanos de a pie, que magnifican los impactos de las obras, o bien juzgan que no son necesarias sin conocimiento de causa.  Caso aparte es el de algunos representantes políticos,  en los que el desconocimiento se coliga con la falta de intención de conocer y con la voluntad de usar de forma partidistas la información de que disponen.
  • La contraposición a ciertos intereses particulares. Puede ser el caso de intervenciones (P.e. talas o podas severas) sobre ejemplares con valor económico o sentimental para el propietario, cuya pérdida no se compensa satisfactoriamente por parte de la empresa eléctrica.

Sin embargo, el abandono progresivo de los terrenos forestales ha hecho que los afectados sientan menos apego por sus propiedades, lo cual favorece que se puedan realizar intervenciones en ellas.

Para tratar de mitigar estas consecuencias sociales negativas, que pueden llevar a la paralización de las obras, las empresas eléctricas[1], por una parte llegan a acuerdos con los técnicos de las administraciones afectadas y por otra parte facilitan[2] a los principales afectados (servicios de medioambiente, de emergencias y propietarios) una documentación básica en la que se les informa de cuáles son las actuaciones a realizar y de las autorizaciones administrativas pertinentes con las que cuenta la empresa para ejecutar ese tipo de obra.


[1] En las Islas Canarias, en las obras de limpieza de vegetación bajo tendido eléctrico durante el periodo 2008-2012

[2] Por prescripción legal, en las Islas Canarias, en las obras de limpieza de vegetación bajo tendido eléctrico durante el periodo 2008-2012

No existe una única norma de ámbito estatal que trate la cuestión de la ejecución de los mantenimientos vegetación próxima a las líneas eléctricas de forma específica y exhaustiva. Son normativas del sector forestal o del sector eléctrico las que tratan el tema siempre de forma colateral o accesorio. En la práctica se demuestra que no ha habido el suficiente diálogo entre las partes implicadas del sector ambiental y eléctrico a la hora de elaborar la normativa.

Uno de los casos más llamativos de esta situación es la falta de los más básicos criterios forestales y ambientales en la legislación de seguridad de las líneas eléctricas. Así se da el caso de que aplicar la legislación en lugares donde las líneas eléctricas transcurren por enclaves de alto valor ambiental supone la eliminación de hecho de ese valor ambiental. Es el caso por ejemplo, de las líneas localizadas en la Zona de Uso Restringido de la Reserva Natural Especial de El Brezal en la isla de Gran Canaria.

De la misma forma la inexistencia en la legislación en materia forestal y ambiental de ninguna referencia a las distancias de seguridad empleadas en los trabajos eléctricos en función de la tensión del conductor (p.e. 3 m para trabajar sin tensión en «media tensión»), hace que la aplicación de la legislación sea igual para tendidos de distinta tensión, a pesar de que los riesgos son muy distintos, pudiendo provocar graves impactos ambientales totalmente evitables.

Existen también prescripciones legales que en la práctica se demuestran contrarias al objetivo buscado por la ley. Así por ejemplo, siguiendo los preceptos legales[1] se llega a la situación de desbrozar vegetación de baja inflamabilidad (P.e. algunos arbustos de Monteverde[2]), fomentando la aparición de especies invasoras que por su menor porte y por sus características específicas poseen mucha mayor inflamabilidad (P.e. Rubus ulimfolius).


[1] Art 25. i) del Reglamento Incendios Forestales. Dotar de una faja de seguridad de 15 metros de anchura mínima, libre de residuos, de matorral espontáneo y de vegetación seca, a las viviendas, edificaciones e instalaciones de carácter industrial en zona forestal[…].

[2] Denominación que se le da en las Islas Canarias a la laurisilva (tipo de bosque subtropical o selva, donde las especies que lo pueblan tienen en común que sus hojas se parecen a las del laurel).

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